Ayudas a la Eficiencia Energética en Empresas Industriales

El propósito de las ayudas a la eficiencia enérgetica es impulsar y promover actuaciones que reduzcan las emisiones de CO2 y el consumo de energía en empresas industriales. El Gobierno Vasco ha promovido las ayudas eficiencia energética y en Enenergy te informamos y te ayudamos en su tramitación para la mejora energética de tu empresa.

Índice

Esta serie de iniciativas tomadas por parte de las instituciones vascas están dirigidas a todas las intervenciones que se hagan por parte de empresas que pertenezcan al sector industrial del País Vasco que logren disminuir sus emisiones al reducir sus consumos energéticos.

La siguiente información ha sido recogida de www.euskadi.eus para facilitar su comprensión y ofrecer la gestión y tramitación de las propias ayudas para la eficiencia energética en empresas industriales por parte de nuestro equipo de asesores energéticos.

Ayudas eficiencia energética Gobierno Vasco

A quién van dirigidas las ayudas a la eficiencia energética en la industria

A continuación, se exponen los tipos de empresas que podrán verse beneficiados de estas ayudas.

  • En primer lugar, las empresas industriales que realicen algún cambio o mejora tecnológica en los equipos con los que trabajen, ya sean a nivel de procesamiento industrial, en sus sistemas, en su maquinaria, teniendo en cuenta que estas mejoras o cambios realizados tengan carácter de alta eficiencia energética.
  • En un segundo lugar, aquellas empresas industriales que decidan implantar procedimientos de gestión energética que estén implantados de acuerdo a la normativa UNE-EN ISO 50001. En este caso, las empresas que quieran acogerse no pueden tener sus consumos de energía muy elevados.

Actuaciones subvencionables por las ayudas a la eficiencia energética en empresas industriales

Existen dos modelos de actuaciones para acogerse a las subvenciones:

  • Modelo 1: Mejoría de la tecnología en equipos y procesos industriales.
  • Modelo 2: Implementación de modelos de gestión energética en industrias que no reúnan los requerimientos para ser calificadas como grandes consumidores de energía según lo establecido en la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca.

Solicita información detallada sobre las subvenciones para el sector industrial disponibles

Solicitud y aportación de documentación

Para poder realizar la solicitud de las ayudas para mejorar la eficiencia energética de nuestra empresa industrial y aportar la documentación requerida se abrirá el siguiente plazo:

Desde las 00:00 horas del día 30 de septiembre de 2019 hasta el 30 de junio de 2023 a las 24 horas. Se mantendrá este plazo para la presentación de solicitudes siempre y cuando no se consuma el presupuesto establecido.

Estado actual: Abierto el plazo de presentación de solicitudes (30/09/2019-30/06/2023)

Requisitos para poder solicitar ayudas eficiencia energética en el sector industrial

Empresas industriales a las que van dirigidas las subvenciones eficiencia energética

  • Empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial:
  • Empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes: 07. Extracción de minerales metálicos; 08. Otras industrias extractivas; 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva; 10. Industria de la alimentación; 11. Fabricación de bebidas; 13. Industria textil; 14. Confección de prendas de vestir; 15. Industria del cuero y del calzado; 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería; 17. Industria del papel; 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados; 19. Coquerías y refino de petróleo; 20. Industria química; 21. Fabricación de productos farmacéuticos; 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos; 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos; 24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones; 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo; 26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; 27. Fabricación de material y equipo eléctrico; 28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.; 29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques; 30. Fabricación de otro material de transporte; 31. Fabricación de muebles; 32. Otras industrias manufactureras; 33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo; 35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; 36. Captación, depuración y distribución de agua; 37. Recogida y tratamiento de aguas residuales; 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización; 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

Prestación económica de las ayudas para la mejora de la eficiencia energética en la industria

Para conocer la cantidad máxima de ayuda deberemos tener en cuenta la menor de las tres siguientes según la solicitud realizada:

La cuantía máxima de la ayuda será, para cada una de las solicitudes, la menor de las tres siguientes:

  1. El 30 % de la inversión elegible del proyecto, y con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en los apartados c) de los puntos 1 y 2 de la base 3 de la Orden de ayudas.
  2. La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 del Reglamento 651/2014. Para este límite se tendrán en cuenta cualesquiera otras ayudas percibidas para la misma finalidad. Los porcentajes aplicables que se aplicarán sobre el coste subvencionable serán del 30 % para grandes empresas, del 40 % para medianas empresas y del 50 % para pequeñas empresas.
  3. La cuantía máxima de ayuda por cada solicitud y en función de la tipología de la actuación será de 2.000.000.- euros para actuaciones tipo 1 de “Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales” y de 30.000.- euros para las actuaciones tipo 2 de “Implantación de sistemas de gestión energética en empresas que no sean grandes consumidoras de energía”.

El importe mínimo subvencionable para cada inversión, tanto para las de tipo 1 como para las de tipo 2, será de 3.000.- euros.

Cada beneficiaria no podrá superar por el conjunto de solicitudes presentadas la cuantía total de ayuda de 2.000.000.- euros.

Documentación a aportar para la tramitación de la subvención

Para poder tramitar la solicitud de la subvencion debemos tener en cuenta dos tipos de documentación a aportar que nuestro equipo de profesionales te facilitará y tramitará.

  • Documentación a aportar en la solicitud
  • Documentación a aportar en la justificación del pago

 

Contacta con nuestra asesoría energética para solicitar información sobre las ayudas y subvenciones disponibles y poder comenzar con tu proyecto de mejora de la eficiencia enérgetica.

 

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